Respetuoso de la justicia, este blog tiene su convicciòn formada.NO HAY DOS CULPABLES hay muchos mas.
Lo cierto es que al debate de Torcoleti "la velocidad no implica que la responsabilidad sea de Galende" pero si de Casas, por no ir "rapido".
Es decir, para este juez, la velocidad debe ser alta, y desestimar que la persona conducia alcoholizada. (pruebas poco suficientes, pero no inexistentes para negarlas, basta con apreciar el concepto anatomico de "arterias" que maneja el juez y su juico sobre lo "paradojica" es decir, "si bien casas es la victima es el culpable" -termino complejo paradoja pero es lo que el fallo denosta, es decir "un aire de tranquilidad para los padres de Galende, en lo economico, porque en lo civil estàn perdidos pero, GALENDE PUEDE MANEJAR -QUE SE ENTIENDA- preso no va, COMO SI HUBIERA APLASTADO UNA CUCARACHA CON EL AUTO.El juez segun su "criterio" no entiende que Galende tenga culpa ALGUNA POR ELLO LO SOBRESEE......no pesan sobre el imputaciones que permitan "mantenerlo sujeto a proceso, juicio oral en este caso," en esta instancia, la cual habrà que aguardar la apelaciòn y su resultado, en nuestro entender, LOS FUNDAMENTOS DE ESTE JUEZ SON INQUITANTEMENTE PARADOJICOS Y HACEN UNA EFUSIVA DEFENSA del imputado. El ministerio fiscal, y los abogados de Casas, y Saavedra -la madre de los chiquitos fallecidos- naturalmente apelaran. En defintiva, para queUd lo sepa, el ministerio fiscal es quien "defiende" a las victimas o damnificados, los jueces liberan en este caso a quien està imputado por DOBLE HOMICIDIO. En principio. En cuanto al fallo del juez.
Esto si que es un "juicio" humano y moral. Justo por sobre todo, "la culpa es de Casas".- Fantastico.
La pregunta al juez serìa "como sabe que Galende lo vio a Casas? y si frenò de tal manera es porque irìa muy rapido, sus reflejos fallaron ademas y por que?, iba distraido, y Casas, Saavedra y los menores, a pesar de tener prioridad de paso, para el juez "paradojicamente" la calle 27 -atencion pisteros- via libre, es UNA ARTERIA y la 28 una VENA? de modo que quien venga por la derecha por la 28 -recuerde que para el juez la 27 es una "arteria" via de salida, de modo que tranquilamente pueden desarrollar los 150 kilometros por hora antes de llegar al corsodromo porque segun "el debate" traido a Torcoletti, (quien no conoce 25 de mayo pero algun croquis suponemos le deben haber arrimado para orientarse porque confunde la 27 con una colectra) " en tanto la víctima Casas ingresaba no sólo desde una arteria secundaria (es decir las arterias se conectan con otras arterias (tomen nota fundamentadores en derecho de la "anatomia" linguistica a la hora de fundamentar de un juez" , una "colectora" la calle 2 serìa un "colectora" o "arteria secundaria" para el juez o para Su Señoria con lo cual otorga entidad de "autopista" a la calle 27 que no es arteria, ni es vena, es una calle), sino también de tierra hacia una principal con clara intención de trasponerla (usualmente es la intenciòn cuando se dispone a cruzar) ; debió ceder el paso ante el avance del vehículo dirigido por Galende (salvo por el detalle que NO LO VIÒ HASTA QUE LO EMBISTIÒ NI LO VIÒ GALENDE POR LA ALTA VELOCIDAD EL ALCOHOL QUIZA? un vehiculo que los padres LE ENTREGARON A UN MENOR QUE INSTARON A POR EL AMOR A LA ALTA VELOCIDAD? -hay pruebas de ello-)
Este blog tiene una conviccion formada.
La culpa nunca puede ser de los damnificados. Galende no irà preso, PERO ESTÀ SUELTO Y PUEDE CONCUDIR LIBRE e impunemente, a pesar de haber embestido y a consecuencia de ello -murieran dos menores-
La inocencia nunca puede recaer sobre los imputados -no es un capricho de este blog, es alevoso y el caso Casas-GAlende desatò un torbellino en 25 d eMayo que PARECE NO ESCARMIENTA en cuanto a transito) .
Dos menores fallecidos. Mas los daños sufridos por casas y saavedra.
Porque para nuestro codigo, se es culpable hasta demostrar lo opuesto. De manera que EL JUEZ PASÒ POR ALTO ITEMS PRINCIPALES -a nuestro juicio- en su fallo, o les "restò" importancia, a saber a) Velocidad (los testigos delcarano que irìa a unos 53 kms por hora) a juzgar por el impacto y el destrozo que le causo al R12 mas la destrucciòn total al propio vehiculo -su trompa- no puede ser tan baja b) Test de Alcoholemia -DIÒ POSITIVO EL DIARIO NO LO PUBLICA- y por ultimo, LA PRIORIDAD DE PASO ES MANO DERECHA EN RUTAS EN CALLES Y EN CUALQUIER PARTE excepto para el juez Torcoletti.
En este orden de "desglose" de bueno la velocidad no es tanto...el alcohol, no era mucho, en realidad GAlende se bajo del auto y se acelerò solo, da la impresiòn como que "con lo del seguro estos negros estàn hechos". Ahora, que fallo hubiera tenido el juez torcolleti, si en el vehiculo impactado viajara el...su esposa y sus hijos? si hablamos de paradojas...porque "paradojicamente" este juez ESTÀ AVALANDO CONDUCIR A ALTISIMA VELOCIDAD de un modo u otro, asi el vehiculo venga a una cudara y media, UD DEBE DETENERSE aun cuando no lo ve y es de noche, FINALMENTE es un aval para conducir y conducirse IRRESPONSABLE E IMPUNEMENTE. Sabemos que en este pais para ir preso tenes que matar a tiros delante de 210 personas -y quiza te dejen en libertad aun asi- a alguien. El problema es que GALENDE ESTÀ SUELTO Y SU ABOGADO FELIZ Y CHOCHO DE INSTALARNOS A ALGUIEN A CONDUCIR EN LAS CALLES NUEVAMENTE. Es esta MALICIA SOCIAL la que nos hace pensar, TE PARIERON O TE CAGARON?
Transcripciòn del fallo. No està completo.
ES OBVIO QUE SE VA A APELAR ESTE FALLO PORQUE ESTA "MUY LIVIANITO" MUY "FLOJITO" DE FUNDAMENTOS.
lA IDEA NOS ES REVIVIR A LOS FALLECIDOS, SINO SIMPLEMENTE QUE GALENDE NO CONDUZCA POR LAS CALLES, YA QUE AHORA PUEDE, Y SEGUN INFORMARON LOS ABOGADOS, GALENDE CORRIO EN EL AUTODROMO DE BUENOS AIRES, E INCLUSO VEHICULOS DE ALTA VELOCIDAD, A PESAR DE SU CORTA EDAD, PROMOVIDO POR LOS PROGENITORES DEL MISMO EL CUAL ESTIMULARON EN EL Y TRASUNTARON AL FACILITARLE EL VEHICULO NO SOLO EL GUSTO POR LA VELOCIDAD SINO POR EL RIESGO Y LA CONDUCCIÒN TEMERARIA. EXCEPTO PARA TORCOLETTI, EN EL CUAL UN CASCAJO VIEJO QUE CRUZA UNA ARTERIA "ES EL CULPABLE" ADEMAS DE QUE DOS CHICOS MENORES ESTEN MUERTOS, LA MUJER CON MEDIO RIÑON MENOS, CASAS CON HERIDAS AUN SIN RECUPERAR, Y CON UN EMBARAZO PERDIDO, TODO ESTO NOS HACE PENSAR QUE ADEMAS LA CULPA sea DE CASAS tambièn COMO DICE UN LECTOR, PARECE QUE NO VIÒ NUNCA DOS CRIATURAS MUERTAS TENDIDAS EN EL ASFALTO. Lejos del pensamiento de Galende y de Casas seguramente, pero ASI OCURRIO y nuestras acciones devienen en consecuencias. Correr ir rapido, darle el auto a un menor....en fin...instigarlo para que corra ....en fin...
El escrito.
Ya le dijimos si Ud quiere hacer justicia YA SABE COMO. Lo curioso es que en un asado en una quinta a la cual se reintegraban, segun el juez no hay pruebas suficientes -tampoco para negarlo- de que estaba alcoholizado, -ver valores en sangre- PARECE QUE PARA EL JUEZ HAY QUE LLEVARLE LA BOTELLA DE LA CUAL ESTABA TOMANDO..todavia no la encontramos Torcoletti. Todavia no la encontramos.
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Para el Juez de la causa Casas- Saavedra contra Galende
"El exceso de velocidad y la calidad de embistente, no es sinónimo de culpabilidad"
"El exceso de velocidad y la calidad de embistente, no es sinónimo de culpabilidad"
- El veredicto indica que el paso lo tenía el joven, que circulaba "al momento de frenar a 53 kilómetros por hora" y colisionó a "unos 39". "No son suficientes las pruebas para comprobar si
- estaba alcoholizado",
- se lee en el fallo.
- La Mañana accedió al acta de la sentencia por el accidente acaecido el pasado 23 de agosto del 2009, en calle 2 y 27, en el cual fallecieron Luciano Adrián Saavedra y Lisandro Román Casas, y sufrieron lesiones de carácter graves Enrique Iván Casas, Luciana Elizabeth Pereyra y Solciré Saa-vedra.
- Como publicamos en la edición dominical, el juez Luis Torcoletti, del Departamento Judicial de Mercedes, absolvió al imputado, Matías Galende, en la causa caratulada doble homicidio culposo y lesiones culposas graves en concurso ideal.
- Se desprende del veredicto que la Fiscalía pidió para el inculpado la pena de tres años de prisión en suspenso y la inhabilidad para conducir vehículos por el mismo tiempo, más accesorías legales y costas del proceso. Los letrados de los damnificados reclamaron la condena máxima que prevé la Ley: 5 años de prisión en suspenso y 10 años de inhabilitación.
- Por su parte, el defensor apuntó a la nulidad de la requisitoria Fiscal merced a los argumentos vertidos que se registraron mediante la respectiva grabación denunciando, en lo principal, "la deficiencia acusatoria" y fue así como argumentó en pro de su asistido, "volvió sobre la discusión inicial de la prueba de alcoholemia", y pidió la absolución.
- El choque
- Ante los planteos, el juez Torcoletti explicó en su fallo que "fue traído a debate que el día 23 de agosto del 2009, aproximadamente a las 0.30, un automotor tipo rural marca Fiat Palio Weekend Adventure, modelo 2008, color gris oscuro, propiedad de Laura Krunn, circulaba por calle 27 en sentido cardinal de oeste - este, más precisamente desde la zona céntrica hacia las afueras, ya que en la ocasión sus jóvenes ocupantes se dirigían a reintegrarse a una cena entre amigos en la quinta propiedad de Eduardo Domingo Monzú, ubicada en calle 104 entre 28 y 29".
- "Al arribar a la calle 2, a mitad de la calzada, colisiona violentamente con el vehículo que ingresaba por la arteria, marca Renault 12, modelo Sedan 1978, repintado color verde, denotando su anterior color rojo, propiedad de Rodolfo Gabriel Morales. Del encontronazo, surge de las pericias realizadas por el mecánico Néstor Horacio Baiocco, que el Renault 12 sufrió el impacto del lateral izquierdo en parante de puerta delantera, y destrucción del mismo lado con desplazamiento de la carrocería de 47 centímetros hacia adentro, torcedura de la butaca del conductor y acompañante, y un sinfín de daños. El Palio presentó rotura total de la parte delantera".
- Impactó a unos 39 Km por hora
- "Los relatos de Rubén Eduardo Huerga, Jorge Gustavo Cruz y Santiago González Rocco, amigo y acompañante de Galende, confirman que en la ocasión se desplazaba conduciendo el Fiat Palio a una velocidad superior a la permitida para una zona urbanizada, lo que es confirmado por el perito Palacios. Signando que al momento de la frenada, entre 22 y 17 metros, se desplazaba a 53 kilómetros horarios, aclarando que como velocidad final al momento del impacto debería ser, aproximadamente, a unos 39 kilómetros", apuntó el Juez.
- Torcoletti sostuvo que es su "libre y sincera convicción, en este caso en particular, que el exceso de velocidad, como el revestir de calidad de embistente, no es sinónimo de culpabilidad. Así, existen circunstancias que permiten reveer los términos de la acusación, y tales elementos surgen del testimonio de Enrique Iván Casas. Principalmente debe dejarse asentado que los testigos, particularmente González Rocco, informó que la calle 27 es una arteria de salida y que generalmente se transita a velocidades superiores, cosa que no resulta desatinada si observamos la circulación de la ciudad. Vale decir que si bien no son avenidas, son arterias de las denominadas principales, que hacen a una mayor y mejor fluidez del tránsito".
- Por tanto, subrayó el letrado, "más allá del exceso de velocidad, que es una falta, se demuestra entonces la atribución de la responsabilidad en orden de la imprudencia, negligencia, impericia o inobservancia de los reglamentos o de los deberes a su cargo".
- "Galende pudo desplazarse a una velocidad superior a la permitida, la que por cierto no consta ni se ha certificado para una arteria común, pero es el caso de que transitaba por una principal y como dijo el testigo se circula más rápido, lo que no es incongruente", remarcó.
- Por otra parte, expuso Torcoletti que "de ello da cuenta la impresión de la frenada, cuando advirtió el peligro, frenó e intentó evadirlo; que peligró la invasión de su trayectoria, la que por cierto era prioritaria, en tanto la víctima Casas ingresaba no sólo desde una arteria secundaria, sino también de tierra hacia una principal con clara intención de trasponerla; debió ceder el paso ante el avance del vehículo dirigido por Galende".
- Prioridad de paso
- Torcoletti realizó una descripción del relato de Casas quien, según él, "miró sobre la mano izquierda, vio la luz y pasó", y más adelante aseguró que "calculó unos 150, 200 metros" en referencia de las luces que afirmó ver y paradójicamente que "sólo atinó a acelerar para que no lo agarrara y bueno... me dio".
- Más adelante Casas enfatizó que "vio las luces... que las vio muy encima", y reiteradamente aseguró que "vio bien", "que no tiene problemas de vista", "que no había objetos que impidieran la visión", "que no pensó que venía tan fuerte". Nota del blog. "LA VICTIMA, ES LA SOSPECHADA".
- Para el Juez, es "manifiestamente evidente el error de cálculo de Casas al decidir atravesar la arteria de una calle principal, de conocido y fluido tránsito ante la presencia de otro automotor en una distancia relativamente próxima, de noche, transportando a su familia"; y estimó que "una actitud prudente debió ser frenar y aguardar el tránsito de quien avanzaba desde su izquierda, paradójicamente en verdadera prioridad de paso". NOTA DEL BLOG. EL CUAL SE HALLABA A 150 O 200 METROS -ES DECIR DOS CUADRAS- inclusive aguardar bajarse del auto mirar sino venial alguien subir al mismo y recièn ahi cruzar, y mirar con largavistas a ver si algun loco venia a 100 kms por hora. (podria estimar el juez tambien en su criterio)
- Se apelaría
- El abogado veinticinqueño Gustavo Farina actuó como defensor particular de Galende, Mariano Larrañaga y Fernando Ravazzano lo hicieron por el damnificado Casas y Héctor Granillo Fernández por Saavedra.
- La determinación no está firme, porque la causa puede ser presentada (así ocurriría según trascendió) ante la Cámara de Apelaciones y, eventualmente, luego remitirse a Casación.
Yo a los abogados no los quiero nadie los quieres estudian para destruir (destruyen familias, empresas, matrimoios, violaciones de todo y lo peor) pero la culpa no es de el juez ?y de la justicia? que esta hecha por estos abogados malandras .....no solo.............CRistina k , es abogada , Duhalde , Mennem , de la Rua ,Nestosr (finado) senadores y diputados abogados destruyeron la politica , leyes y un pais.....este pais sigue siendo siempre el mismo si tenes plata comes, matas ,violas, estudias, sos politicos haces lo que queres cuando esto va a cambiar? ..........ojala sea pronto.
ResponderBorrarPD: si la gente quiere terrenos donde vivir por que no le sacan a garciarena jajajja saludos,Gobierno ponga huevos.
O SEA MATAS DEJAS TRES PERSONAS CON LESIONES GRAVES...EN LA CALLE Y ABANDONADOS...Y NO PASA NADA?CHE QUE BIEN QUE ESTÀ TODO.........
ResponderBorrarQUIEN ES TORCOLETI EL TIO DE GALENDE O EL SOCIO DE LA VENTA D EMERCA DE FARINA?
si tenes plata n o pasa nada no te hagas el que no saves ......con guita qrreglas todo.....
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