El Archivo de la DIPBA (Dirección de Inteligencia de la Policía de la Provincia de Buenos Aires) es un extenso y pormenorizado registro de espionaje político – ideológico sobre hombres y mujeres a lo largo de medio siglo. La DIPBA fue creada en agosto de 1956 y funcionó hasta que, en el contexto de una reforma de la Policía de la Provincia de Buenos Aires en el año 1998, fue disuelta y cerrado su archivo.
El 10 de junio de 1999 la Cámara Federal de Apelaciones de La Plata dictó una medida de NO INNOVAR sobre el Archivo de la DIPBA, por considerar que los documentos allí existentes podrían aportar pruebas para los Juicios por la Verdad que se estaban desarrollando. En diciembre del año 2000, el gobierno provincial transfirió el Archivo a la Comisión Provincial por la Memoria para que hiciera de éste un "Centro de información con acceso público tanto para los afectados directos como para todo interesado en desarrollar tareas de investigación y difusión" (Ley 12.642). En el año 2003 fue levantado parcialmente el secuestro de la Cámara Federal de Apelaciones, que continúa temporariamente sobre el período 1976/ 1983.
Por la misma ley 12642, el Archivo fue desclasificado y está bajo custodia y gestión de la Comisión por la Memoria. En octubre de 2003 se abrió al público, experiencia pionera en Argentina, habida cuenta el carácter sensible y sigiloso de parte del fondo documental.
Los documentos del archivo han sido y son aportes para las causas judiciales contra los responsables de delitos de lesa humanidad, la averiguación de datos referentes a las personas y la investigación histórica y periodística.
Hasta el momento se han recibido consultas de investigadores independientes o vinculados a diversas instituciones; periodistas; maestros y profesores, estudiantes secundarios y universitarios, ciudadanos interesados en indagar los relevamientos policiales sobre sus ámbitos de militancia (estudiantiles, políticos, sindicales, etc.) o sobre los ámbitos de sus familiares o allegados.
A todos ellos, por el tipo de búsqueda que realizan, se los denomina genéricamente investigadores.
La identificación de actores, marco temporal y geográfico, tipos documentales, etc., contribuye a una selección más ajustada al tema de investigación. Por ejemplo: Actividad estudiantil y docente en la Facultad de Humanidades de la Universidad Nacional de La Plata, entre los años 1969 – 1973; Actividad de la C.G.T. de Bahía Blanca entre los años 1973-1975; Volantes y documentos elaborados por Montoneros en los años 1970 y 1971; etc.
Sobre la accesibilidad al Archivo El archivo consta de documentos que originalmente eran de carácter secreto, confidencial y reservado. A partir de la sanción de la Ley Provincial Nº 12642, en diciembre del año 2000 el Archivo ha sido desclasificado, permitiendo el acceso público al mismo. Sin embargo, existen dos restricciones que limitan la accesibilidad a algunos de sus documentos:
- - Entre las responsabilidades que implica la gestión del Archivo de la DIPBA, se encuentra la obligación de resguardar la privacidad de las personas que fueron objeto de las tareas de inteligencia efectuadas por dicha institución. La Ley Nº 25326 Habeas Data del año 2000, exige el derecho y la protección de los datos personales.
La aplicación de la norma implica que los administradores del Archivo no podrán suministrar información sobre personas y que deberán disociar –por medio del tachado- los nombres que aparezcan en los documentos públicos que entreguen a los interesados. Los nombres no se tacharán cuando figuren en documentos que en su momento de creación fueron públicos (volantes, prensa partidaria, etc.); cuando en los informes de inteligencia se aluda a las actividades de los funcionarios públicos; o cuando determinados nombres personales indiquen corrientes políticas o sindicales. (Por ejemplo: Partido Socialista Argentino Secretaría Visconti, CGT línea Ungaro, Unidad Básica Felipe Vallese, etc.)
- - El 10 de junio de 1999 la Cámara Federal de Apelaciones de La Plata dictó una medida de NO INNOVAR sobre el Archivo de la DIPBA, por considerar que los documentos allí existentes podrían servir como pruebas para los Juicios por la Verdad que se estaban desarrollando. En el año 2003 fue levantado parcialmente dicho, secuestro que continúa vigente sobre el período 1976/ 1983.
Esta decisión se propone resguardar los documentos que puedan servir como prueba en el marco de los juicios por las violaciones a los derechos humanos cometidas durante ese período. Como consecuencia de esta medida, todo pedido de investigación que involucre información correspondiente a dicho lapso, debe ser autorizado previamente por la instancia judicial correspondiente. Esto significa que el investigador interesado en el período 1976 -1983 debe solicitar por carta a la Cámara Federal de Apelaciones de La Plata (Secretaría Única, 3er piso, Mesa de Entrada, 8 a 13hs.) la correspondiente aprobación.Paralelamente, el investigador debe presentar su pedido de investigación al Archivo. Una vez recibida la autorización de la Justicia, los referencistas buscan la documentación solicitada y se contactan con el investigador por correo electrónico para que retire la documentación.
El trabajo de búsqueda de la documentación implica una selección entre las 4.000.000 de fojas que constituyen el acervo documental del Archivo. Por lo tanto es fundamental la adecuada precisión y delimitación del tema en los formularios de solicitud.
Las colecciones digitales de publicaciones y las colecciones de documentos del Archivo elaboradas hasta el momento (tachadas y digitalizadas), pueden consultarse en las computadoras de la sala de investigadores del Archivo.
El formulario podrá ser completado y entregado personalmente en el Archivo o bien enviado por fax o correo electrónico, con firma escaneada
El 10 de junio de 1999 la Cámara Federal de Apelaciones de La Plata dictó una medida de NO INNOVAR sobre el Archivo de la DIPBA, por considerar que los documentos allí existentes podrían aportar pruebas para los Juicios por la Verdad que se estaban desarrollando. En diciembre del año 2000, el gobierno provincial transfirió el Archivo a la Comisión Provincial por la Memoria para que hiciera de éste un "Centro de información con acceso público tanto para los afectados directos como para todo interesado en desarrollar tareas de investigación y difusión" (Ley 12.642). En el año 2003 fue levantado parcialmente el secuestro de la Cámara Federal de Apelaciones, que continúa temporariamente sobre el período 1976/ 1983.
Por la misma ley 12642, el Archivo fue desclasificado y está bajo custodia y gestión de la Comisión por la Memoria. En octubre de 2003 se abrió al público, experiencia pionera en Argentina, habida cuenta el carácter sensible y sigiloso de parte del fondo documental.
Los documentos del archivo han sido y son aportes para las causas judiciales contra los responsables de delitos de lesa humanidad, la averiguación de datos referentes a las personas y la investigación histórica y periodística.
SOLICITUDES DE INVESTIGACIÓN
Los pedidos de información que realizan los investigadores al archivo ponen en marcha una búsqueda realizada por el equipo de referencistas. Las búsquedas son siempre de carácter temático, es decir, no se releva documentación referida a personas sino a distintos grupos, instituciones, acontecimientos, etc.Sobre los usuarios
Todo ciudadano interesado en conocer los registros de inteligencia policial sobre distintos actores y acontecimientos de nuestro pasado reciente puede realizar un pedido de este tipo al Archivo.Hasta el momento se han recibido consultas de investigadores independientes o vinculados a diversas instituciones; periodistas; maestros y profesores, estudiantes secundarios y universitarios, ciudadanos interesados en indagar los relevamientos policiales sobre sus ámbitos de militancia (estudiantiles, políticos, sindicales, etc.) o sobre los ámbitos de sus familiares o allegados.
A todos ellos, por el tipo de búsqueda que realizan, se los denomina genéricamente investigadores.
Sobre la solicitud
La solicitud de investigación se inicia a partir de la confección de un formulario por parte del interesado. Éste deberá explicitar en el mismo el tema de su interés delimitado con la mayor precisión posible. El referencista a cargo de la búsqueda orientará la misma en base a la información presentada en la solicitud.La identificación de actores, marco temporal y geográfico, tipos documentales, etc., contribuye a una selección más ajustada al tema de investigación. Por ejemplo: Actividad estudiantil y docente en la Facultad de Humanidades de la Universidad Nacional de La Plata, entre los años 1969 – 1973; Actividad de la C.G.T. de Bahía Blanca entre los años 1973-1975; Volantes y documentos elaborados por Montoneros en los años 1970 y 1971; etc.
Sobre la accesibilidad al Archivo El archivo consta de documentos que originalmente eran de carácter secreto, confidencial y reservado. A partir de la sanción de la Ley Provincial Nº 12642, en diciembre del año 2000 el Archivo ha sido desclasificado, permitiendo el acceso público al mismo. Sin embargo, existen dos restricciones que limitan la accesibilidad a algunos de sus documentos:
- - Entre las responsabilidades que implica la gestión del Archivo de la DIPBA, se encuentra la obligación de resguardar la privacidad de las personas que fueron objeto de las tareas de inteligencia efectuadas por dicha institución. La Ley Nº 25326 Habeas Data del año 2000, exige el derecho y la protección de los datos personales.
La aplicación de la norma implica que los administradores del Archivo no podrán suministrar información sobre personas y que deberán disociar –por medio del tachado- los nombres que aparezcan en los documentos públicos que entreguen a los interesados. Los nombres no se tacharán cuando figuren en documentos que en su momento de creación fueron públicos (volantes, prensa partidaria, etc.); cuando en los informes de inteligencia se aluda a las actividades de los funcionarios públicos; o cuando determinados nombres personales indiquen corrientes políticas o sindicales. (Por ejemplo: Partido Socialista Argentino Secretaría Visconti, CGT línea Ungaro, Unidad Básica Felipe Vallese, etc.)
- - El 10 de junio de 1999 la Cámara Federal de Apelaciones de La Plata dictó una medida de NO INNOVAR sobre el Archivo de la DIPBA, por considerar que los documentos allí existentes podrían servir como pruebas para los Juicios por la Verdad que se estaban desarrollando. En el año 2003 fue levantado parcialmente dicho, secuestro que continúa vigente sobre el período 1976/ 1983.
Esta decisión se propone resguardar los documentos que puedan servir como prueba en el marco de los juicios por las violaciones a los derechos humanos cometidas durante ese período. Como consecuencia de esta medida, todo pedido de investigación que involucre información correspondiente a dicho lapso, debe ser autorizado previamente por la instancia judicial correspondiente. Esto significa que el investigador interesado en el período 1976 -1983 debe solicitar por carta a la Cámara Federal de Apelaciones de La Plata (Secretaría Única, 3er piso, Mesa de Entrada, 8 a 13hs.) la correspondiente aprobación.Paralelamente, el investigador debe presentar su pedido de investigación al Archivo. Una vez recibida la autorización de la Justicia, los referencistas buscan la documentación solicitada y se contactan con el investigador por correo electrónico para que retire la documentación.
Cómo se realiza la búsqueda de información
Debido al carácter altamente sensible de los documentos del archivo, la búsqueda de información no puede efectuarse personalmente sino que la lleva a cabo un equipo de referencistas. El archivo contiene documentos de carácter público y privado, el trabajo del referencista consiste en seleccionar los documentos atinentes al tema de investigación, excluyendo los de carácter privado.El trabajo de búsqueda de la documentación implica una selección entre las 4.000.000 de fojas que constituyen el acervo documental del Archivo. Por lo tanto es fundamental la adecuada precisión y delimitación del tema en los formularios de solicitud.
Sobre la entrega de la documentación
Una vez concluida la búsqueda, los referencistas disocian los nombres personales de los documentos públicos hallados, fotocopian el material que se entregará al investigador y elaboran un informe. El personal del Archivo se contacta con el investigador por correo electrónico para que éste se acerque a retirar la documentación.- La documentación se retira con DNI del interesado en la Comisión Provincial por la Memoria de Lunes a Jueves de 10 a 18 hs.
- Se informa que cada fotocopia de los documentos del Archivo de la ex DIPPBA tiene un valor de $ 0,10 la hoja.
- El material puede ser retirado por otras personas con la presentación del DNI de quien formuló la solicitud.
Las colecciones digitales de publicaciones y las colecciones de documentos del Archivo elaboradas hasta el momento (tachadas y digitalizadas), pueden consultarse en las computadoras de la sala de investigadores del Archivo.
El formulario podrá ser completado y entregado personalmente en el Archivo o bien enviado por fax o correo electrónico, con firma escaneada
BUENO FACIL...MEMO VENDRELL...FORMULARIO CALLE 8 JUZGADO SOLICITO INFO PERIODO 1976 1983 INFORMATNES COLABORADORES DE LA POLICIA Y EL EJERCITO 25 DE MAYO...DELIMITANDO MAS LA BUSQEUDA BUCHES ORTIBAS ENTREGADORES COMPLICES...Y DESPUES A ESPERAR....FOTOCOPIA DNI ACOMPAÑAR Y PACIENCIA VIEJO PACIENCIA....
ResponderBorrarya esta hecho muchos nombres fueron tachadospero por la actividad sabemos de quienes se tratan
ResponderBorrarEjemplo a Martin Garciarena le ofrecieron ser el intendente de facto el cual era titular en ese entonces de la SOCIEDAD RURAL principal figura muy cercana al poder civico militar, optó por no exponerse tanto, por lo que luego del proceso de reorganizacion nacional local ya estaba pactado de ante mano la entrega del poder a un civil adepto a la causa. Cuando Garciarena no quiso ser intendente, le ofrecieron el puesto a otro ruralista: Rogelio Criado.Lo demas, es historia conocida.
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